La muerte de la perra Selva, en Galicia, ha renovado la oleada de críticas contra la «Ley del Medicamento». Ese es el nombre por el cual se empieza a conocer el RD 666/2023 que los veterinarios consideran que está afectando al ejercicio de la práctica. Esta vez, la burocracia española, de la que tanto se quejaba Mariano José de Larra (ya sabéis, «Vuelva usted mañana») es la culpable.
Qué es la «Ley del Medicamento»
El Real Decreto 666/2023, conocido como Ley del Medicamento Veterinario, actualiza la normativa española sobre medicamentos para animales. Entró en vigor a comienzos de 2024 (si bien, algunos preceptos lo han hecho en 2025) y regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios.
El objetivo del RD es sustituir a la regulación anterior de 1995 y adaptar el reglamento europeo (UE 2019/6) que introduce medidas para garantizar un uso “prudente y responsable” de los fármacos veterinarios, protegiendo la salud pública, la sanidad animal y el medio ambiente bajo el enfoque One Health.
Puntos clave de la Ley del Medicamento
El Ministerio de Sanidad ha apuntado, en varias ocasiones, que las resistencias antimicrobianas suponen un desafío global que exige conocer y controlar el uso de estos medicamentos en veterinaria. Para ello, se han empezado a aplicar cambios clave, que introduce la ley en forma de obligaciones y restricciones para los veterinarios:
- Registro de antibióticos, por la que cada prescripción de antibióticos debe comunicarse en una base de datos electrónica llamada Presvet, gestionada por el Ministerio de Agricultura
- Cultivo obligatorio, en ciertos casos, que condiciona el uso de antibióticos de mayor espectro a la realización previa de un cultivo que identifique el patógeno y confirme qué antibiótico es necesario
- Categorías de antibióticos: a través de las directrices europeas, los antibióticos se han clasificado por categorías (A, B, C…) y se restringe su uso. En pocas palabras, según la «Ley del Medicamento» solo pueden usarse las categorías básicas inicialmente, y se reservan los de «categoría superior» tras justificar pruebas o fracaso previo
Estas exigencias pretenden controlar el consumo de antimicrobianos, mano a mano con la estrategia de la UE para combatir resistencias bacterianas pero, en la práctica, significa que (uno) el veterinario no puede administrar de inmediato algunos antibióticos potentes hasta obtener resultados de laboratorio, salvo que primero fallen tratamientos más simples, (dos) aumente muchísimo la burocracia diaria en la práctica clínica y (tres) se enlentezcan los tiempos ante una emergencia de salud (incluso días).
Otras modificaciones
A todo ello, se suman cambios que siguen enlenteciendo los tratamientos:
- Las clínicas veterinarias tienen prohibido vender medicamentos directamente al público, algo que antes se hacía de forma limitada (declaración del botiquín veterinario)
- Las familias deben acudir a una farmacia con la receta para adquirir el medicamento: el stock propio (botiquín) es limitado y declarado ante la autoridad competente
- Queda prohibido recetar medicamentos de uso humano si existe el equivalente veterinario (incluso si el de uso humano es más económico o accesible)
Y, si algún veterinario pretende arriesgarse, las multas son multimillonarias. El regimen sancionador se ha considerado muy severo, con multas de hasta 1,2 millones de euros (en casos muy graves) por violar las normas, lo que los colegios veterinarios han calificado de «desproporcionado».
Principales problemas y críticas
Según el Gobierno, estas medidas buscan modernizar la legislación y acercarla a la europea para asegurar un “sistema alimentario justo y saludable, de la granja a la mesa” (y fue apoyada por parte del sector durante su redacción), frenando el abuso de antibióticos tanto en «animales para consumo» como de familia.
- Sin embargo, la aplicación inmediata y rígida de la norma (la UE permite una implementación gradual hasta 2030) ha supuesto un golpe de efecto.
- Además, en este sentido, no hay distinciones entre el animal de familia y el «ganado».
Desde enero de 2025, las clínicas y hospitales han criticado la medida y señalado problemas en el día a día para veterinarios clínicos, asociaciones profesionales y familias. ¿Puede haber ventajas para la salud pública? El sector denuncia que los efectos negativos en la atención veterinaria cotidiana son mayores.
Dificultad para medicar animales y retrasos en tratamientos
Primero, se ha confirmado uno de los mayores temores de los veterinarios: la exigencia de pruebas diagnósticas antes de aplicar ciertos tratamientos y el retraso generalizado, que puede ser fatal (de hecho, ya lo ha sido) para los animales enfermos.
La ley del medicamento obliga, por ejemplo, a realizar un cultivo bacteriano y esperar el antibiograma antes de administrar determinados antibióticos de último recurso. En teoría, se busca asegurar el fármaco adecuado, pero, en la práctica, puede retrasar la terapia durante días.
Según han denunciado los veterinarios clínicos: “Nos impide salvar vidas a tiempo”, resumen muchos veterinarios ante situaciones de infecciones fulminantes
El caso de Selva, una perrita Jack Russell de 9 años atendida en Galicia por mordedura de otro perro es el (triste) ejemplo. Tras la infección, desarrolló una grave infección para la que los veterinarios le administraron los antibióticos permitidos inicialmente (categorías básicas A y B), pero la normativa les impidió dar un fármaco más potente sin antes hacer un cultivo. Cuando el laboratorio por fin entregó los resultados que justificaban el antibiótico de espectro superior, Selva ya había fallecido de sepsis.
Provocar lo que trata de evitar
Samuel Fernández, gerente de Adrisa (el grupo veterinario que atendió a la perra) declaró a Última Hora: «La perra fue manejada con un protocolo que para nosotros es correcto, pero no sabemos si el antibiótico hizo lo que tenía que hacer. El cultivo ha llegado este lunes, días después de que muriera»
Los veterinarios advierten que, situaciones similares, pueden repetirse con animales que sufren infecciones rápidas, como neumonías o septicemias, donde esperar al diagnóstico microbiológico es inviable. Además, denuncian que les impide aplicar el tratamiento que saben más efectivo de inicio, usando combinaciones «suaves» que, en muchos casos, es previsible que fallen.
¿Lo más irónico? La ley del medicamento puede llegar a provocar lo que trata de combatir, puesto que, al alargar la enfermedad y utilizar varios fármacos, puede aumentar el riesgo de resistencias. Sin olvidar que no todas las familias pueden asumir las esperas y sobrecostes, pudiendo tener un efecto disuario en la atención veterinaria, como denunciaba la abogada Yolanda Valbuena en La Vanguardia.
Aumento de la burocracia
En las camisetas, se podía leer “burrocracia” —un juego de palabras para señalar la sobrecarga administrativa de la nueva ley. Cada receta (¡CADA RECETA!) de antibiótico debe volcarse en sistemas informáticos que, según los veterinarios, “presentan continuos fallos” y “añaden una carga inasumible”
Introducir todos los datos en Presvet u plataformas autonómicas enlazadas (como la Gestión Técnica Ganadera en Cataluña) requiere tiempo y trámites que ralentizan la atención clínica diaria. ¿Es viable? Para muchos profesionales, parece significar horas al día rellenando formularios en contra del tiempo para las consultas: “Estamos más pendientes del ordenador que del animal”, resumen algunos.
Procesos ineficientes
Además, la norma limita la validez de las recetas veterinarias a periodos muy cortos, obligando a reemitir documentación con frecuencia y exige adjuntar el historial sanitario en cada prescripción. Este requisito, redundante y engorroso, sobre todo en los casos en los que el animal es paciente habitual y ya tiene expediente.
Dicho de otro modo, duplica tareas y papeleo sin un beneficio claro, ya que la información muchas veces se reporta por duplicado a diferentes bases de datos (autonómica, nacional e incluso europea).
Eso no es todo, un punto crítico es la prohibición de fraccionar medicamentos en las clínicas. Antes, era común que el veterinario entregara al dueño la cantidad exacta de pastillas o dosis necesarias para completar un tratamiento, cobrando solo lo proporcional. Ahora está vetado: “No podemos suministrar una dosis de seis pastillas en la clínica. El cliente tiene que ir a la farmacia y comprar una caja de 20. Es un desperdicio absurdo de recursos”, denuncia la veterinaria Laia Sàbat en El País.
Una política que encarece el tratamiento (se pagan 20 pastillas, por mucho que uses 6) y deja un excedente en manos del dueño. De nuevo, se consigue aquello que se pretendía combatir, pudiendo almacenar, usar sin control o tirar a la basura. La patronal veterinaria ha comentado también que las farmacias no suelen disponer de gran variedad de fármacos para animales, obligando a pedirlos a distribuidores, lo que puede suponer esperas adicionales, incluso en tratamientos urgentes.
En suma, los veterinarios sienten que se desconfía de su capacidad para manejar medicación y se delega en otros profesionales (farmacéuticos), que no siempre están formados en salud animal.
Impacto en veterinarios clínicos y ganaderos
El colectivo de veterinarios clínicos (pequeños animales) es el más vocal contra la ley, afirmando que merma su autonomía profesional y complica el ejercicio de su vocación. Muchos hablan de “trabajar con miedo” debido al estricto régimen sancionador: “cualquier error administrativo podría tener consecuencias económicas devastadoras”, con multas de hasta cientos de miles de euros por un descuido en la notificación.
Un clima que ha generado inseguridad en las clínicas, existiendo ya una gran sanción a un veterinario de Baleares, multado con 90.000 euros por vender medicamentos desde su consulta incumpliendo el nuevo procedimiento. Noticia que se desmintió, a posteriori, desde Última Hora y 20minutos: según fuentes oficiales, la multa tendría otras causas ajenas al RD 666/2023.
Por el contrario, la veterinaria rural y las explotaciones ganaderas no han sido tan visibles en las críticas. El porqué es sencillo, según fuentes del Consejo General Veterinario, porque muchas de estas medidas ya las aplican ellos desde hace años en el marco de planes nacionales contra antibióticos, sin olvidar que los objetivos (finales) son diamatralmente opuestos. Si existen algunas críticas por parte de ganaderos individuales, que han sufrido un mayor impacto en relación con procesos, brotes y burocracia.
¿Y la Ley de Bienestar Animal? (Ley 7/2023)
El RD 666/2023, o la ley del medicamento, llegó poco después de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, impulsada por la Dirección General de Derechos Animales. Aunque abordan ámbitos distintos, han surgido conflictos y solapamientos entre esta Ley de Bienestar Animal y el RD 666/2023 de medicamentos veterinarios.
La Ley 7/2023 se enfoca en garantizar el bienestar de los animales de compañía, estableciendo obligaciones para sus propietarios y autoridades. Por ejemplo, exige que todas las mascotas estén identificadas con microchip, llevar un calendario sanitario al día (vacunas, desparasitaciones) y prohíbe el abandono y maltrato, entre muchas otras medidas. Su objetivo es proteger a los animales del sufrimiento, fomentando la tenencia responsable. En teoría, esta ley pretende que más animales reciban atención veterinaria adecuada y se sancione a quien no la proporcione.
Ley del medicamento frente a ley de bienestar
Sin embargo, el RD 666/2023, por su parte, busca regular cómo se usan los medicamentos en esos cuidados veterinarios, con énfasis en la salud pública. La tensión surge en la aplicación práctica: la ley de bienestar demanda que ningún animal enfermo quede sin atención, pero el decreto de medicamentos impone trabas administrativas para atenderlos en ciertos casos.
El ejemplo más claro de conflicto fue la situación de los animales sin identificar (sin chip). La Ley 7/2023 establece la obligatoriedad del microchip en perros, gatos y hurones, pero ¿qué ocurre cuando llega a una clínica un animal abandonado o extraviado, aún sin chip, necesitado de tratamiento urgente? En un inicio, no son pocos los veterinarios que interpretaron que el RD 666/2023 les impedía prescribir medicamentos sin un número de microchip que registrar en la receta o en la ficha clínica, ya que el decreto exige consignar la identificación individual del animal en la prescripción.
«La no atención de los animales enfermos iría en contra del juramento que realizamos”, advertían los veterinarios. Pero ¿atender al animal enfermo podía interpretarse como incumplir la normativa? Al fin y al cabo, un veterinario clínico no deja de ser un profesional por cuenta propia o ajena que no quiere ni puede enfrentar multas de miles y miles de euros. La disyuntiva era clara: atender al animal enfermo sin chip podía ser interpretado como incumplir la normativa (por emitir receta sin los datos formales), pero no atenderlo chocaría frontalmente con el deber de velar por su bienestar y con el juramento ético veterinario.
El principal «choque» entre ambas leyes
¿Son pocos casos? No tan pocos, si uno echa un vistazo a la nota aclaratoria del Ministerio, donde se dieron instrucciones expresas para que los veterinarios puedan atender legalmente a animales no identificados en situaciones excepcionales.
- En gatos comunitarios no identificados (colonias felinas), el veterinario debe registrar una descripción lo más completa posible del animal y la ubicación de su colonia, así como los datos de la entidad
- En animales abandonados o extraviados se debe hacer constar en la ficha y en la receta una descripción del animal y los datos de la entidad responsable (por ejemplo, la protectora o el ayuntamiento)
- En animales de dueño particular no identificados que requieran tratamiento urgente (por ejemplo, cachorros regalados sin chip aún o animales decomisados), el veterinario debe anotar los datos del responsable (nombre, DNI, contacto) y describir al animal en la historia clínica
En todos ellos, se expedirá la receta indicando claramente que el animal carece de identificación, pero aportando toda la información disponible. La nota aclaratoria subraya que no existirá infracción sancionable por la ausencia de identificación en estos casos, siempre que el veterinario actúe velando por el bienestar del animal y la salud pública.
Con esta aclaración, se resolvió el que probablemente era el choque más grave entre ambas normativas. Las dudas eran más que legítimas, evidenciando la falta de coordinación inicial entre el Ministerio de Agricultura (medicamentos veterinarios) y la Dirección de Bienestar Animal: uno exigía identificación para medicar y otro prohibía negar atención por falta de identificación.
Las diferencias entre ambas leyes son de ámbito: la Ley 7/2023 es amplia en materia de protección animal (prohíbe prácticas crueles, regula la cría y venta, fomenta la adopción, etc.), mientras que el RD 666/2023 es técnico-sanitario. No obstante, comparten un fin último: mejorar la vida de los animales.
La paradoja de la ley del medicamento
Para muchos veterinarios, sin embargo, la paradoja es que que una ley está entorpeciendo a la otra. “La normativa, lejos de mejorar la atención a los animales, está provocando retrasos en tratamientos críticos”. Esta afirmación se repite en la mayoría de los medios que he revisado para este artículo.
Hay dos puntos extra que han sobrevolado esta discusión constantemente. El primero lo señalaba Joan Mecià, presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de Barcelona (COVB), quien calificó como «decepcionante» la aplicación. Por un lado, ha supuesto reducir un 70 % el uso de antibióticos; por el otro, «los laboratorios no han tenido tiempo de registrar muchos [medicamentos] y hay especies que no tienen medicamentos disponibles”, lo que se traduce en que muchos animales carecen de fármacos autorizados alternativos, porque no se desarrollaron a tiempo.
El segundo está vinculado a una demanda de largo recorrido en el sector: el IVA veterinario, que sigue al 21 % en España. Ajeno al RD 666/2023 sí ha vertebrado las protestas, exigiendo otra vez una rebaja al 10 % o al 0 %, equiparándolo a servicios sanitarios humanos.
El apoyo social a las protestas ha sido significativo. Muchas familias se han unido, mostrando que comparten la preocupación de que sus animales no reciban la mejor atención posible. En algunos medios se habló de que los veterinarios habían logrado algo inédito: “que los tutores de animales también se movilicen”.
En conclusión, la ley de bienestar exige cuidar mejor, pero la ley del medicamento, tal como está, a veces pone trabas para hacerlo con agilidad.
